¿Qué es?
El Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) es un instrumento financiero de la Comisión Europea cuya finalidad es fortalecer la cohesión económica y social en la Unión Europea corrigiendo los desequilibrios entre sus regiones.
Estos fondos son subvenciones a fondo perdido, siendo gestionados directamente por las administraciones públicas.
En resumen, el FEDER financia:
- Ayudas directas a las inversiones realizadas en las empresas (en particular las PYME) para crear empleos sostenibles.
- Infraestructuras vinculadas especialmente a la investigación y la innovación, a las telecomunicaciones, al medio ambiente, a la energía y el transporte.
- Instrumentos financieros (fondos de capital de riesgo, fondos de desarrollo local...) para apoyar el desarrollo regional y local y favorecer la cooperación entre las ciudades y las regiones.
- Medidas de asistencia técnica.
Tipos de Fianzas
Dado que este contrato se rige bajo la Ley de contratos del sector público (Ley 30/2007), el licitador o adjudicatario tendrá que presentar algún tipo de fianza, ya sea provisional o definitiva (Según indica la Ley 34/2010), de alguna de las siguientes formas que indica la administración, mediante aval bancario o seguro de caución.
Deberá ser solidario respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de exclusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la entidad correspondiente.
El contrato de seguro de caución se celebrará con entidad aseguradora autorizada para operar en este ramo de seguro en España y cumpla con los requisitos legales exigidos.
La garantía se constituirá en forma de certificado individual de seguro, haciendo referencia expresa a que la falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho a resolver el contrato, ni quedará extinguido, asumiendo al asegurador el compromiso de indemnizar al primer requerimiento a la administración competente.
Éste es el tipo de garantías de caución que ofrecemos, con innumerables ventajas frente a nuestra competencia, tanto las bancarias como las de garantías reciprocas.
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¿Quién lo contrata?
Las diferentes empresas que, bien optan, o bien se hacen con los contratos de prestación de servicio o ejecución del mismo.
Se contrata acorde al pliego de condiciones según las fechas estipuladas en función de cada concurso.
El tomador del seguro de caución es cualquier ente privado o público que, cumpliendo los requisitos legales, tiene como fin licitar o presentarse a la adjudicación de un concurso público ante las diferentes Administraciones Públicas.
¿Cómo se contrata?
Para contratar éste tipo de seguro de caución sólo hace falta:
- Cuestionario [pdf] [doc].
- Escritura de Constitución y modificaciones más relevantes.
- El último Impuesto de Sociedades presentado.
¿Por qué contratarlo?
El por qué se debe contratar éste tipo de seguros de caución frente al aval bancario o garantía recíproca, es por que usted:
1. Aumenta de la capacidad crediticia, ya que no supone riesgo bancario.
2. Le supone una disminución de la deuda exigible en los Balances.
3. Como norma general, costes inferiores debido a que no hay comisiones de estudio ni apertura ni mantenimiento de línea, también debido a la especialización y las economías de escala.
4. El aval bancario se cobra por periodos completos, trimestrales o anuales, sin considerar la duración real de la garantía, por lo que resulta más gravoso para los intereses del cliente.
5. Y el más importante: No tiene que pignorar ninguna cantidad, con lo cual no inmoviliza recursos financieros que pueden dedicarse a otras necesidades financieras.
Coberturas
La cobertura de este seguro es garantizar el cumplimiento de las obligaciones de las diferentes empresas, que bien optan o, bien, se hacen con el contrato de prestación de servicio; ya sea desarrollo de las obras o la prestación de los servicios en las condiciones estipuladas.
Y con esto se cumple la exigencia de la administracion o empresa adjudicataria, antes del inicio de los trabajos o prestación del servicio.
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