Exportaciones o Trabajos en el exterior:
Donde hablamos de una cobertura del riesgo de fabricación, del riesgo de impago o de no transferencia, tanto en operaciones de venta de bienes de consumo, bienes de equipo, prestaciones de servicios, construcción y obra pública.
Además, se puede dar la cobertura de la ejecución indebida de avales.
En este tipo de contratos, nuestro cliente podrá cubrir conjuntamente la ejecución indebida de avales, la resolución de contrato y el crédito.
En aquellas operaciones de crédito comprador (crédito con apoyo oficial a la exportación) los excesos de material extranjero o el pago anticipado necesario del 15% pueden ser financiados por un crédito complementario y asegurados en con esta cobertura , logrando así una financiación con la entidad de crédito y cobertura próximas al 100% de la operación.
Inversiones:
Cobertura del riesgo de confiscación, expropiación, nacionalización, desposeimiento, impago y/o no transferencia de dividendos, daños físicos (a causa de huelga, motines o guerras) sobre activos detenidos por una empresa española en un país extranjero.
Se cubre la inversión directamente o participando en co aseguro con otros aseguradores (dependerá de la operación en concreto).