En el Anexo III de la Ley de responsabilidad Civil, existe un listado de las actividades e instalaciones que requieren un Seguro de Responsabilidad Civil Medioambiental.
Actividades:
1. Instalaciones de combustión
2. Producción y transformación de metales
3. Industrias minerales
4. Industrias químicas
5. Gestión de Residuos
6. Industria del papel y cartón
7. Industrial textil
8. Industria del cuero
9. Industrias agroalimentarias y explotaciones ganaderas
10. Consumo de disolventes orgánicos
11. Industria del carbono
Instalaciones:
1. Instalaciones utilizadas para la investigación ,elaboración y prueba de nuevos productos y procesos
2. Gestión de residuos
3. Vertidos en aguas interiores y subterráneas
4. Vertido o inyección de contaminantes
5. Captación y represamiento de aguas
6. Fabricación, utilización, almacenamiento, transformación, embotellado.
Los operarios recogidos, junto a estas actividades e instalaciones, en el Anexo III de la Ley deberán suscribir garantías financieras, el objetivo de las mismas es garantizar que el operador dispondrá de los recursos económicos suficientes para hacer frente a los costes derivados de la adopción de las medidas de prevención, de evitación y de reparación. Estas garantías deben de estar vigentes durante todo el tiempo que la actividad este en funcionamiento.
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